El Centro Despachantes de Aduana (CDA) informa a sus asociados que, el Departamento Servicios lnternos Aduaneros (DI PNPA) comunicó a la Institución que ya se encuentra disponible, dentro del micrositio “Depositario Fiel”, el cronograma de implementación de Desafectación y Destrucción de Legajos Aduaneros Año 2010 y anteriores, tal cual lo establecido en la Resolución General (AFIP) N° 5043/2021.

Cabe destacar que, dicha información está destinada primordialmente a los SETI / WSE / PSAD.

Seguidamente se transcribe el cronograma de implementación de la RG AFIP 5043/21 publicado por el Organismo.

Asunto: Desafectación y Destrucción de Legajos Aduaneros Año 2010 y anteriores. RG AFIP 5043/21.

 Cronograma de implementación:

 – 10/07/23: Emisión de notificaciones SICNEA a declarantes y PSAD indicando los lotes de legajos en condiciones de ser destruidos e Inicio del período habilitado para informar legajos que no se encuentran en su poder porque le hubieran sido requeridos. (Manual del “Servicio de Gestión de Desafectación legajos – Externos” publicado en micrositio Depositario Fiel).

 – 04/08/23: Finalización del período para informar legajos que no se encuentran en su poder porque les hubieran sido requeridos.

 – 07/08/23: Inicio período 5 días hábiles para informar (SITA), indicando los lotes y la fecha, hora y lugar donde se efectuará la destrucción, en las condiciones previstas por la norma.

 – 20/12/23: Última fecha para realizar la destrucción.

 Una vez realizada la destrucción, debe hacerse la “Confirmación de destrucción efectuada” (SITA) en los plazos previstos por la norma, con lo que se cierra el circuito. De omitirse esta comunicación, los legajos involucrados ingresarán nuevamente al siguiente proceso.

 e-Mail de Consultas: desafectacionrg5043@afip.gob.ar

 Fdo. Ing. Javier Bruno Bender

Jefe Departamento Servicios Internos Aduaneros

Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros

IMPORTANTE

– Despachante de Aduana (Depositario Fiel) que optó por la modalidad de PSAD: El procedimiento para desafectación y destrucción de legajos aduaneros estará a cargo del Prestador de Servicios de Archivo y Digitalización (PSAD) correspondiente, por lo tanto, el Despachante de Aduana NO deberá llevar a cabo procedimiento alguno.

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