El Gobierno publicó el decreto que suspende las retenciones a este sector hasta el 31 de diciembre. Cuáles son los fundamentos de la medida y los productos que involucra

El Poder Ejecutivo nacional puso en vigencia a partir de este miércoles la eliminación de retenciones por 90 días para las exportaciones de lácteos, medida anunciada hace dos semanas por el ministro de Economía, Sergio Massa, pero que todavía no se había formalizado.

El decreto 506/2023 fue publicado en el Boletín Oficial y establece la suspensión hasta el 31 de diciembre de las alícuotas de derechos de exportación para 50 productos que la industria láctea vende al exterior y que, hasta esa fecha, se les aplicará una alícuota del 0%.

SIN RETENCIONES A LOS LÁCTEOS

Cuando realizó el anuncio el 20 de septiembre, tras recibir una dura carta de entidades que representan a productores y a la industria, Massa estimó que esta medida significa un costo fiscal para el Gobierno de $ 10.000 millones.

Y anunció otras cuestiones que aún no se han formalizado: dijo que esta política tenía como contraparte que las empresas lácteas no aumentaran los productos en góndola, pero en el decreto publicado hoy no se hace referencia al respecto.

Asimismo, señaló que los subsidios otorgados por litro de leche producido a través del Programa Impulso Tambero, a establecimientos que ordeñan menos de 7.000 litros diarios, iban a aumentar 20%, pero de eso tampoco hay aún novedades concretas.

LOS FUNDAMENTOS DE LA MEDIDA

En los considerandos del decreto, el Gobierno explica que “la baja en los precios internacionales para los productos lácteos, registrada a partir del segundo semestre del presente año, genera una menor capacidad de pago de las industrias hacia los productores”.

El problema, agregan desde la Casa Rosada, es que este contexto de baja de precios internacionales y una débil demanda del principal consumidor mundial, se combina con una producción nacional que está en su período de crecimiento estacional a partir de la primavera, lo que supone que se incrementará la oferta de leche y, por ende, el precio no tendrá incentivos para subir.

Por eso, “para mejorar el nivel de ingresos de los productores y de la industria, promover el desarrollo e incentivo de la producción y el agregado de valor nacional, impulsar las ventas a mercados externos, mejorar la competitividad de la cadena y fortalecer el arraigo y permanencia de la población rural en cada región de nuestro país, deviene necesario suspender temporalmente hasta el 31 de diciembre del 2023, inclusive, los derechos de exportación correspondientes a ciertos productos lácteos y sus derivados”, interpreta el Gobierno.

LOS PRODUCTOS ALCANZADOS

En el anexo del decreto, se incluye un listado de 50 productos mencionados por su Nomenclatura Común del Mercosur.

A grandes rasgos, son los siguientes:

  • Leche en polvo, tanto entera como descremada, y nata (crema)
  • Yogur
  • Lactosuero
  • Manteca
  • Quesos
  • Lactosa y jarabe de lactosa
  • Dulce de leche
  • Helados (únicamente los elaborados con leche)
  • Bebidas o jugos a base de leche
  • Caseínas (caseinato de calcio de uso alimenticio, acondicionado para su venta directa al público, elaborado con leche bovina, caseinato de potasio elaborado con leche bovina, y lactoalbúmina).
  • Fuente: Infocampo

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