Uno de los mayores desafíos en el día a día judicial en materia de comercio exterior es la demora en los procedimientos aduaneros cuando a los importadores y/o exportadores se les inicia un proceso en Aduana, lo que por su importancia merece ser incorporado a la agenda de futuras reformas
Por Andrea Zavatto (*) (Ámbito)
1| DIFERENCIA DE TRIBUTOS O INFRACCIÓN
Sin perjuicio de esta situación particular, uno de los mayores desafíos en el día a día judicial en materia de comercio exterior es la demora en los procedimientos aduaneros cuando a los importadores y/o exportadores se les inicia un proceso en aduana, reclamando un pago suplementario por diferencia de tributos (cargo) o por la presunta comisión de una infracción, el cual puede finalizar con el pago de una multa y tributos (los cuales generan intereses exorbitantes).
Es paradójico que los procedimientos regulados por Tratados internacionales (como por ejemplo la investigación antidumping donde se aplica un Tratado internacional en el marco de la Organización Mundial del Comercio) respetan sus plazos, y sus resoluciones se dictan en tiempo y forma. Entonces nos preguntamos si no será este el camino a seguir para poder terminar de una vez y por todas con el atraso en los procesos aduaneros y así cumplir con el debido proceso.
2| REGLAS DE NEGOCIACIÓN
En este sentido sería interesante que se incluya dentro de los futuros planes de Gobierno de nuestros candidatos presidenciales, la negociación de reglas claras y concisas a nivel multilateral de los procedimientos aduaneros ya que ello disminuiría no solo el gasto publico sino también los tiempos para la resolución de estas causas y las consecuencias económicas indeseables que los contribuyentes pueden llegar a enfrentar. Argentina ya forma parte del Acuerdo de Facilitación del Comercio en el ámbito de la Organización Mundial del Comercio (OMC), siendo este Tratado un buen punto de inicio por el cual podría plantearse este escenario.
Consideramos que la Organización Mundial del Comercio es el ámbito propicio para desarrollar estos debates y eventuales reglamentos de procedimiento a nivel multilateral ya que la propia Organización (OMC) cuenta con su propio procedimiento de solución de diferencias entre los Estados parte y se aplican eventuales sanciones ante incumplimientos de las normas de la OMC. Ello conlleva que los países miembros acaten y respeten no solo los Tratados celebrados, sino también las resoluciones que el órgano de solución de diferencias dicte en el ámbito de sus funciones (hoy en día lamentablemente este órgano se encuentra en stand by pero no es el tema de este artículo).
3| UN DEBATE NECESARIO
Sin perjuicio de que nuestro país tiene grandes y profundos problemas estructurales a solucionar, consideramos que ello no implica que el retraso en la resolución de causas dentro del comercio exterior no sea de suma importancia, ya que esta problemática impacta directamente en la importación y exportación, tan primordial en un país como Argentina. Invitamos entonces a sumar a profesionales, funcionarios, empresarios, miembros de la clase política y por supuesto a los ciudadanos a este debate ya que ello nos llevará cada vez más cerca de un Estado de derecho cuyas reglas de juego, al estar incluidas dentro de un tratado multilateral, resultará más complicado que sean “torcidas” por el Gobierno de turno. Poder contar con reglas claras y tiempos precisos de resolución es fundamental para defender los derechos e intereses del ciudadano, contando así con un sistema de justicia más eficiente, que garantice el correcto funcionamiento de la República.
(*) Abogada. Especialista en Derecho Aduanero y Cambiario. Socia Directora a cargo de la oficina de Buenos Aires de MJE Comercio Exterior SRL.