Estimados Asociados:

 

Ponemos en su conocimiento información actualizada para registro de DJDI que nos enviara el Estudio Carballeiro.

Atentamente,

COMISIÓN DIRECTIVA


Fecha: 22/01/2024

REF.: MANUAL PARA EL REGISTRO DE LA DECLARACIÓN JURADA DE DEUDA DE IMPORTADORES DJDI

 

El 24/1 es el último día para presentar la DJDI, poco probable que haya otra prórroga.

En relación con el tema, les comentamos que en el día de la fecha AFIP pone a disposición de los clientes la 4 versión del manual mencionado en la referencia, el cual les adjuntamos.

En ese manual se indica que a los efectos de declarar deudas de servicios se deberá declarar una factura solamente en el caso que no cuenten con SIRASE o cuenten con una SIRASE no aprobada.

Si no cuentan con SIRASE aprobada y vigente deben usar el nr de la factura con un formato:

F-código del BCRA de tres caracteres-número de factura

EJEMPLO F-S02-00657464163337

También se aclara que en el campo Fecha MLC, si la destinación no posee fecha definitiva en el MOA Reingeniería se deberá declarar una fecha posterior a la de registro de la DJDI.

 

ATENCIÓN aquellos que tienen deuda de stock amparada por ZFI pero subieron a la DJDI la información de los ZFE por que la herramienta no tomaba las ZFI y están pensando en suscribir por esas deudas BOPREAL nr 2 o 3 les recomiendo ver con el banco si les van a tomar la info del ZFE o si les resulta más conveniente anular y volver a subir con el ZFI aprovechando la información verbal que hoy recibimos que se pueden anular registros con más de 72 hrs . de haber sido enviados.

 

ATENCIÓN lamentablemente no se ha solucionado el tema de los despachos donde se indicó el pago con billetes propios depositados en cuenta Monex local, los mismos por el momento no son aceptados por la herramienta DJDI. Esperamos que esto se solucione en virtud que según la Com. A 7917 son stock y por lo tanto no tienen acceso al MLC y tampoco al Bopreal 2 o 3 por no poder ser informados en la DJDI.

 

Manual-DJDI 4ta versión