El Centro Despachantes de Aduana (CDA) comunica a sus asociados que, el Departamento Servicios Internos Aduaneros (DI PNPA) ha informado a la Institución que ya se encuentra disponible en el micrositio “Depositario Fiel”, la VERSIÓN 2.0 del manual de uso de los servicios interactivos para los usuarios externos denominado “Gestión de Desafectación de Legajos-RG 5043/2021” de fecha 08/03/2023.

NOVEDADES

Las novedades que contiene esta nueva versión son:

1)    Se actualizó la información del apartado “Introducción”, destacándose las siguientes aclaraciones agregadas:

a)Se fijará para el 20 de diciembre de cada año, o en el caso que este día resulte inhábil el primer día hábil siguiente, como ÚLTIMA FECHA en la que podrán llevarse a cabo las destrucciones de legajos autorizados.

b)La DESTRUCCIÓNdeberá realizarse en días y horas hábiles para el servicio aduanero.

2)    Se incorpora el apartado “CONSULTAS DE LOTES”, en el cual se informa el procedimiento que deberán realizar los interesados para operar dicha transacción a fin de conocer la nómina de los legajos digitalizados (estado “DIGI”) que se encuentren con plazo de guarda cumplido.

ACLARACIÓN

En enero de cada año, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá a disposición del servicio aduanero y de los depositarios de documentación aduanera la nómina de los legajos digitalizados que se encuentren con plazo de guarda cumplido (LOTES), conforme lo establecido en la Resolución General N° 2.721, sus modificatorias y complementarias.

A partir de ese momento (fecha de puesta a disposición de los Lotes), el servicio aduanero contará con CIENTO OCHENTA (180) días corridos para objetar o no la nómina de los legajos digitalizados que la AFIP remitió.

Transcurrido los 180 días descriptos precedentemente, se enviará a los depositarios de la documentación aduanera una notificación SICNEA con el motivo “LEGAJOS AUTORIZADOS A DESTRUIR” con los legajos aduaneros autorizados a su destrucción, por lo que, hasta no ejecutarse este acto administrativo, los depositarios NO podrán realizar exclusiones de la nómina respectiva, ni dar el “Aviso de destrucción”.

Es importante resaltar que, para el año 2023 se informará la destrucción de todos los legajos del año 2010, e incluso aquellos del año 2009 que no fueron destruidos en el proceso anterior y que están en condiciones para ser destruidos.

Para finalizar, se adjunta el Manual “Gestión de Desafectación de Legajos-RG 5043/2021” Versión 2.0; o bien, puede descargarse haciendo clic AQUÍ.

Fuente: CDA

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