La actualización del Código Aduanero, establecido por la Ley 22.415 en 1981, fue el eje de una exposición del Dr. Horacio Alais, del estudio jurídico Alais & Torres Brizuela, durante una actividad organizada por la Comisión de Derecho Tributario Aduanero del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires.
Durante la presentación, realizada este martes (27.10.2026) el Dr. Alais definió el Código vigente como «una fotografía del momento», en referencia a las condiciones económicas, tecnológicas y comerciales existentes cuando fue sancionado.
Recordó que el texto fue elaborado entre 1979 y 1981 por una comisión redactora integrada por Mario Alsina, Ricardo Xavier Basaldúa, Enrique Barreira, Juan Patricio Cotter Moine y Guillermo Héctor Vidal Albarracín. Si bien destacó que fue uno de los códigos más modernos de su época y un modelo para la región, consideró que algunas de sus disposiciones requieren adecuarse a los cambios del comercio internacional.
Entre los nuevos desafíos mencionó la expansión del comercio electrónico y de los envíos por courier. Según una publicación de 2025 de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), esta modalidad representa casi la mitad de los casos de comercio ilícito registrados a nivel mundial. Durante la exposición también se señaló que, en la Unión Europea, el volumen de mercancías que circula por estos canales ya supera al transportado en contenedores.
En Argentina, un reciente acuerdo entre empresas y la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa apunta a reforzar la fiscalización de los canales comerciales digitales y las acciones contra el contrabando.
Frente a este escenario, Alais explicó que la reforma busca equilibrar la facilitación del comercio exterior con la preservación de la recaudación y las funciones de control del Estado.
Estructura y fuentes del proyecto
La propuesta mantiene la estructura sistemática y la terminología del Código Aduanero para preservar la coherencia normativa, pero revisa qué disposiciones deben modificarse, eliminarse o conservarse.
Entre sus fuentes se encuentran iniciativas anteriores del Instituto Argentino de Estudios Aduaneros y de otras entidades, así como instrumentos internacionales, entre ellos el Convenio de Kyoto Revisado, el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y el Marco SAFE de la OMA.
También se consideraron fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, bibliografía especializada y legislación comparada, en particular de Brasil y la Unión Europea.
A partir de ese relevamiento, el proyecto identifica problemas institucionales y operativos del sistema aduanero argentino y propone modificaciones en distintos ámbitos de la actividad.
Diagnóstico institucional y operativo
Durante la exposición, Alais señaló problemas vinculados con la discrecionalidad administrativa, la falta de uniformidad de los criterios técnicos y jurídicos, la burocracia y las demoras en los procedimientos. En ese marco, planteó la necesidad de fortalecer la capacitación, establecer responsabilidades por las decisiones adoptadas y revisar prácticas que generan incertidumbre para los operadores.
En el plano operativo, mencionó deficiencias de infraestructura, falta de recursos técnicos, controles insuficientes en las fronteras y el crecimiento del volumen de envíos asociados al comercio electrónico.
Según explicó, estas dificultades incrementan los costos logísticos y afectan la competitividad. Por ello, la propuesta también contempla revisar la distribución de responsabilidades entre el servicio aduanero, los operadores y las plataformas digitales.
Profesionalización del servicio aduanero
El proyecto propone crear una carrera aduanera con mecanismos de selección basados en los antecedentes y los conocimientos de los aspirantes, junto con formación obligatoria en una escuela especializada.
También plantea establecer requisitos de capacitación para acceder a cargos directivos y fortalecer la organización interna del organismo. Según lo expuesto por Alais, una vez que la institución cuente con más de diez promociones de egresados, la conducción de la Aduana debería provenir de esa formación especializada.
Mercaderías y operadores del comercio exterior
En materia de clasificación arancelaria, la propuesta contempla volver a la definición clásica de mercadería excluyendo los servicios y los intangibles e incorporar disposiciones vinculadas con los criterios técnicos aplicables a su clasificación. Asimismo, plantea otorgar carácter obligatorio a todos los dictámenes de clasificación de la OMA, con el propósito de armonizar criterios entre los países que utilizan el Sistema Armonizado.
En relación con los despachantes de aduana, el proyecto propone crear un colegio profesional de operadores de comercio exterior, con funciones vinculadas a la matrícula, las habilitaciones y las sanciones profesionales. También se destacó la posibilidad de fortalecer su rol como asesores integrales en comercio exterior.
En los operadores del comercio exterior se propone además la importación y exportación por cuenta y orden de terceros y que actúen empresas comercializadoras de mercancías.
Respecto de los importadores y exportadores, se propone restablecer un registro básico que permita actuar ante incumplimientos, como deudas por multas. Entre los requisitos figuran contar con identificación tributaria vigente, constituir domicilio electrónico y no estar legalmente inhabilitado por delitos.
La iniciativa también contempla incorporar expresamente la figura del Operador Económico Autorizado (OEA) al Código Aduanero y establecer criterios que faciliten una participación amplia, evitando exigencias administrativas que desincentiven la certificación.
Además, prevé regular a los permisionarios de zonas francas, los prestadores de servicios courier y postales y los proveedores de a bordo, entre otros operadores.
Resoluciones anticipadas y libramiento de mercaderías
La propuesta busca regular las resoluciones anticipadas, entendidas como actos administrativos que la Aduana emite a pedido de un importador o exportador antes de realizar una operación. El objetivo es brindar mayor previsibilidad sobre el tratamiento aduanero aplicable.
Según lo expuesto, estas resoluciones deberían estar a cargo de una autoridad superior, ser públicas y transparentes y admitir revisión judicial.
El proyecto también propone definir el concepto de libramiento de las mercaderías y establecer plazos para reducir la discrecionalidad y las demoras, especialmente en operaciones que involucran productos perecederos.
Control aduanero y gestión del riesgo
En línea con la dinámica actual del comercio exterior, se propone priorizar el control posterior al libramiento de las mercaderías, de acuerdo con el Marco SAFE de la OMA, instrumento internacional que establece estándares para la seguridad de la cadena logística.
Este esquema requiere información, infraestructura y sistemas adecuados para gestionar los riesgos, sin excluir los controles físicos o documentales durante la operación cuando las circunstancias lo justifiquen. El objetivo es concentrar los controles en los casos de mayor riesgo.
Declaraciones aduaneras y rectificaciones
En materia de declaraciones aduaneras, se propone digitalizar la totalidad de las declaraciones y utilizar datos electrónicos para que el propio servicio aduanero confeccione la destinación completa, determine la deuda aduanera y aplique, cuando corresponda, los controles que considere pertinentes mediante sistemas de inteligencia artificial debidamente homologados.
Asimismo, el proyecto plantea permitir la rectificación de las declaraciones antes de la designación efectiva del verificador y de la asignación del canal de selectividad.
También plantea evaluar los errores en función de la declaración y de la documentación respaldatoria, a fin de distinguir aquellos que pueden corregirse de los que justifican la aplicación de sanciones.
Destinaciones y regímenes aduaneros
La iniciativa propone revisar los plazos para las importaciones temporarias y precisar el alcance del control y el tratamiento aplicable al robo de mercaderías durante el tránsito directo.
Asimismo, busca aclarar cuestiones vinculadas con el libramiento de oficio, el abandono y los depósitos aduaneros, además de reorganizar disposiciones sobre regímenes especiales.
Entre estos últimos se encuentran el equipaje, la pacotilla, los contenedores, el rancho de buques y aeronaves, los envíos postales y el tráfico fronterizo. También se contempla evaluar un régimen de maquila en zonas francas a partir de la experiencia de Paraguay.
Régimen tributario y valoración aduanera
En materia tributaria, el proyecto propone incorporar principios generales y aclarar la relación entre el régimen aduanero argentino y las disposiciones del Mercosur.
También prevé precisar los criterios aplicables a los métodos de valoración aduanera y revisar distintos aspectos de la liquidación y el cobro de tributos.
Respecto de los derechos de exportación, se plantea establecer mecanismos para que las reducciones impositivas lleguen a los productores y no queden absorbidas por los intermediarios.
La iniciativa también busca adecuar el artículo 755 del Código Aduanero a los criterios establecidos por la Corte Suprema en el caso Camaronera Patagónica, relativo a la delegación de facultades en materia de derechos de exportación.
En cuanto al pago de tributos y los intereses, propone habilitar el pago en dólares estadounidenses, sujeto a la autorización del Banco Central de la República Argentina (BCRA), y revisar las tasas de interés aplicables.
En materia de estímulos a la exportación, plantea que, ante una demora o denegación del pago, se informe al operador el motivo de la decisión para que pueda rectificar la documentación, aportar elementos adicionales o impugnarla.
Asimismo, se plantea derogar la tasa de comprobación de destino, por considerar que genera un sobrecosto por tareas de control que la Aduana debe realizar por mandato legal. También se propone adecuar la tasa de estadística a los criterios de razonabilidad establecidos por la Organización Mundial del Comercio (OMC) y vincular la tasa por servicios extraordinarios a las prestaciones efectivamente realizadas por el personal aduanero.
En materia de procedimiento aduanero, se propone reducir a tres años el plazo de prescripción tanto para las infracciones como para los tributos. La iniciativa también contempla ese plazo para las acciones que pretendan ejercer los usuarios aduaneros.
Delitos aduaneros e infracciones
Uno de los cambios más relevantes expuestos por Alais se refiere a la delimitación entre el delito de contrabando y las infracciones aduaneras.
Según explicó, el proyecto propone reservar la figura penal del contrabando para las operaciones que involucren mercaderías absolutamente prohibidas y encuadrar otras conductas —como determinados supuestos de documentación falsa o adulterada, ocultamiento o ingreso por pasos no habilitados— como infracciones de contrabando menor, con sanciones severas.
Para fundamentar esta propuesta, Alais señaló que un análisis asistido por inteligencia artificial de condenas firmes por contrabando arrojó que el 99 % de los casos involucraba mercaderías absolutamente prohibidas. Se trata de un dato mencionado durante la exposición.
El proyecto también propone revisar el régimen de infracciones y responsabilidades. Entre los cambios se encuentra la derogación del inciso c) del artículo 954 y la revisión del régimen aplicable a los envíos postales.
Asimismo, plantea evitar la atribución automática de responsabilidad cuando se acredite que el hecho fue consecuencia de la actuación de terceros.
Autodenuncia, pago voluntario y prescripción
La iniciativa contempla ampliar el plazo para efectuar la autodenuncia hasta el límite del período de prescripción y elevar del 75 % al 85 % la reducción de las multas prevista para determinados supuestos.
También propone una reducción del 20 % para el pago voluntario realizado después de la notificación de la vista formal, además de revisar los plazos de prescripción.
Procedimientos electrónicos y plazos administrativos
El proyecto prevé avanzar hacia la tramitación íntegramente electrónica de los procedimientos aduaneros. Además, propone establecer un plazo de un año para resolverlos, con posibilidad de prórroga fundada.
En materia de declaraciones aduaneras, se plantea definir las circunstancias en las que la inversión del contenido de una declaración constituiría una causal de no punibilidad.
Asimismo, se propone establecer el silencio administrativo positivo en favor del usuario aduanero, siguiendo el criterio previsto en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.
En los procedimientos por infracciones, la propuesta contempla que las resoluciones se dicten sobre la base de la sana crítica y de la evaluación de las pruebas producidas. En ese marco, el juzgador no estaría obligado a aplicar automáticamente los criterios técnicos elaborados por el propio servicio aduanero cuando estos sean rebatidos por la prueba incorporada al expediente.
Durante la exposición, Alais mencionó otro análisis asistido por inteligencia artificial, esta vez sobre aproximadamente 2.100 fallos de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Según indicó, más del 70 % de las decisiones analizadas habría resultado favorable al contribuyente.
A partir de ese dato, planteó la necesidad de revisar los criterios jurídicos de la Aduana para mejorar las decisiones administrativas y reducir la litigiosidad.
Un tribunal especializado en comercio exterior
Otra de las propuestas consiste en crear un Tribunal Federal de Comercio Exterior, que formaría parte del Poder Judicial de la Nación. Las actuales salas aduaneras del Tribunal Fiscal de la Nación pasarían a integrar este nuevo tribunal, que estaría conformado por cuatro salas colegiadas, quienes deberán acreditar formación específica en materia aduanera y de comercio exterior.
Como referencia, Alais mencionó el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos, que tiene competencia en materias como cuestiones aduaneras, derechos antidumping y compensatorios y origen de las mercaderías.
La iniciativa apunta a contar con una instancia especializada para resolver controversias vinculadas con el comercio exterior.
Un Código más breve y moderno
En definitiva, el Dr. Alais planteó la necesidad de contar con un Código Aduanero más breve y moderno, adaptado a los desafíos del mundo actual y a las nuevas dinámicas del comercio exterior, que permita a la Aduana de Argentina ejercer sus funciones de control de manera ágil y eficiente, sin obstaculizar la actividad comercial.
En ese sentido, la propuesta contempla reducir el texto de 1.185 a 1.003 artículos, lo que representa una disminución del 15,4 %, mediante la revisión y reorganización de sus disposiciones.
«No es un texto cerrado, sino una propuesta que puede enriquecerse y mejorarse», concluyó Alais.
Comentarios finales: consulta al sector privado antes de la elevación al Congreso
Tras señalarse que el proyecto continúa en instancia de revisión y que, por su «carácter reservado», su contenido no es de acceso público, se abrió un intercambio de comentarios con los asistentes. Entre ellos, el Dr. Raúl Bastos Cara, exsecretario de Legal y Técnica de la Dirección General de Aduanas, señaló que algunos aspectos requieren una atención más detallada, en particular, el régimen de tránsito directo y las importaciones por cuenta y orden de terceros.
Asimismo, se consultó sobre la conveniencia de someter el proyecto a una consulta formal con el sector privado antes de su elevación al Congreso de la Nación.
Esta inquietud se justifica por los compromisos internacionales asumidos por la Argentina. En particular, el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC y el Convenio de Kioto Revisado contemplan mecanismos de consulta con los operadores del comercio exterior antes de adoptar nuevas normas aduaneras.
Vale recordar, además, como experiencia positiva, que el proceso de elaboración del Código Aduanero de 1981 incluyó una consulta de noventa días a 57 entidades del sector privado y del ámbito académico.
Este antecedente respalda la propuesta de abrir una instancia de consulta antes de elevar el proyecto al Congreso, a fin de incorporar la experiencia de los operadores en la revisión de una reforma que abarca aspectos centrales del régimen aduanero.
La experiencia histórica demuestra que los proyectos sometidos a consulta son técnicamente más sólidos y encuentran menor resistencia parlamentaria. La amplitud y el impacto sistémico de la iniciativa —que modifica la totalidad del régimen de destinaciones, el estatuto de los operadores, el sistema de garantías, los procedimientos infraccionales y el tribunal competente— hacen de esta instancia una condición de legitimidad ineludible.
Esta cobertura sintetiza, con fines informativos, los principales puntos de la exposición del Dr. Horacio Alais, que fueron revisados por el expositor.
Fuente: Aduana News

