La disposición fue publicada mediante la resolución 26/2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, que opera bajo la órbita del Ministerio de Economía, y determina el esquema de funcionamiento para la puesta en marcha de este recurso contemplado en el Código Aduanero y en diversos tratados internacionales suscriptos por el país.
El Ejecutivo nacional oficializó el mecanismo para emitir dictámenes vinculantes sobre el origen de las mercancías, una instancia que facilitará a los importadores saber con anticipación el estatus que tendrán sus productos a la hora de ingresar al territorio aduanero.
De acuerdo con lo estipulado, la resolución anticipada se configura como un acto administrativo de carácter vinculante que se expide a solicitud del interesado antes de que se concrete la importación. Este documento precisará el origen de la mercadería y el régimen al que estará sujeta, mientras las condiciones declaradas se mantengan intactas.
Este nuevo sistema se inscribe dentro de las obligaciones contraídas por la Argentina frente a la Organización Mundial del Comercio (OMC) y el MERCOSUR, que exigen a las naciones ofrecer una mayor certidumbre en las transacciones comerciales a través de instrumentos de esta naturaleza.
La normativa establece que las peticiones deberán canalizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Además, la autoridad competente dispondrá de un lapso máximo de 30 días para pronunciarse, una vez que se haya culminado la evaluación técnica correspondiente.
La responsabilidad del procedimiento recaerá en la Subsecretaría de Comercio Exterior, que estará facultada para emitir la resolución. Por su parte, la Dirección de Importaciones se encargará del análisis técnico pormenorizado de cada solicitud.
La reglamentación también indica que la información suministrada tendrá el carácter de declaración jurada y contempla sanciones ante eventuales falsedades u omisiones. Asimismo, se garantiza la confidencialidad de los datos sensibles que los solicitantes proporcionen.
En cuanto a su cobertura, el dictamen anticipado podrá ser utilizado tanto para mercancías de origen preferencial como no preferencial, según los acuerdos comerciales en vigor. Los productos que estén bajo investigación o que sean objeto de medidas de defensa comercial también podrán acceder a este tipo de consulta.
Una vez emitida, la resolución tendrá una validez de tres años y será de aplicación exclusiva para el titular que la solicitó. Si bien permitirá cumplir con ciertos requisitos de certificación de origen en operaciones de comercio exterior, no relevará al importador de presentar la documentación exigida en los acuerdos internacionales cuando así se requiera.
La normativa señala que las resoluciones serán notificadas a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante el sistema de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, para su correspondiente verificación en los procesos de ingreso de mercaderías.
Entre los principios rectores del sistema, se enfatizan la agilidad, la simplificación de los trámites y la seguridad jurídica, con el propósito de dinamizar el comercio y brindar una mayor previsibilidad a los agentes económicos involucrados.
La implementación de esta medida comenzará a regir el en mayo de 2026.
Fuente: Inforama

