La Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA) anunció, mediante la Resolución General 5623/2024, la extensión por un año de los beneficios tributarios aplicables a la importación de bienes de primera necesidad. La medida amplía hasta el 31 de diciembre de 2025 la exención de los regímenes de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Ganancias.
Según la normativa, publicada este lunes(30.12.2024), las operaciones exceptuadas comprenden:
- Posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) incluidas en el anexo de la Resolución General 2281/2007, relacionadas con el régimen de percepción del Impuesto a las Ganancias.
- Posiciones arancelarias de la NCM incluidas en el anexo de la Resolución General 2937/2010, vinculadas al régimen de percepción del IVA.
- Importación de mercaderías detalladas en el anexo de la Resolución General 5501/2024, siempre que las operaciones sean realizadas por empresas con “Certificado MiPyME” vigente al momento de la importación.
ARCA subrayó que esta nueva medida, con vigencia inmediata, da continuidad a la política económica implementada por la Administración Nacional. Recordó también que la Resolución General 5490, publicada el 18 de marzo de 2024, y su modificatoria ya habían exceptuado estas operaciones por un período inicial de 120 días. Según establece esta normativa, la extensión de beneficios tiene como objetivo mitigar el impacto económico de la alta inflación, especialmente en los sectores más vulnerables, y garantizar el acceso a productos esenciales como alimentos, bebidas y artículos de la canasta básica.
Fuente: Aduana News