La Secretaría Privada de la Dirección General de Aduanas (DGA) se contactó con la Comisión Directiva de la Institución (CDA) a fin de solicitar se ponga a disposición de todos sus asociados la Instrucción General Conjunta (SDGOAM-SDGOAI) N° 1/2025, la cual establece un procedimiento operativo estandarizado que permita agilizar las destinaciones suspensivas de tránsito de exportación registradas en aduanas del interior del país, cuando dichas operaciones involucren dos o más medios de transporte y culminen en terminales portuarias habilitadas bajo jurisdicción de las Aduanas de Buenos Aires, Campana o La Plata (aduanas de salida).
El objetivo principal de esta nueva implementación operativa es evitar controles redundantes, roleos innecesarios y demoras logísticas que impacten negativamente en la competitividad del comercio exterior argentino.
La presente Instrucción de Trabajo será de aplicación obligatoria para todas las operaciones de tránsito de exportación en las que:
- El permiso de embarque se registre en una aduana del interior.
- Se efectúen transbordos o tránsitos intermedios bajo vigilancia aduanera.
- La mercadería tenga como destino final una terminal portuaria habilitada de Buenos Aires, Campana o La Plata.
Fuente: Centro Despachantes de Aduana (CDA)