La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que los sujetos aduaneros deberán conservar las imágenes digitales que utilicen en sistemas de monitoreo, control por circuito cerrado de TV o escaneo no intrusivo, o bien contratar a un prestador de servicios de almacenamiento de imágenes (PSAI), habilitado por la Aduana para la recepción, resguardo y conservación de las imágenes.

La norma está plasmada en la resolución general 5432/23, y emula en cierta manera a la actividad vinculada con el resguardo de los despachos de aduana, donde es común contratar los servicios de los prestadores de servicios de archivo y digitalización (PSAD).

En los considerandos, el organismo refiere a la necesidad de “dotar de mayor seguridad a la totalidad de la cadena logística del comercio exterior e incrementar la eficiencia en los procesos de control de las operaciones”, al tiempo que advierte sobre la necesidad de incorporar las nuevas tecnologías e innovaciones en procedimientos que optimicen la operación “en consonancia con lo indicado por la Organización Mundial de Aduanas (OMA)”.

Las imágenes deberán conservarse en formato de “auto-archivo” o a través de los PSAI habilitados por la Dirección General de Aduanas, quienes deberán inscribirse como tales ante las subdirecciones de Recaudación y Sistemas y Telecomunicaciones; las direcciones de Seguridad de la Información y Reingeniería de Procesos Aduaneros, y el Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero.

Cada año deberán revalidar los requisitos y condiciones ante las autoridades.

Procedimiento

El PSAI recibirá las imágenes dentro de las 24 horas de producidas, y hasta por 72 horas en caso de que fuera necesario por cuestiones tecnológicas o geográficas. A su vez, deberán controlar que las imágenes “se correspondan con la cantidad y distribución de equipos situados dentro de las instalaciones monitoreadas y a los períodos operativos del predio y que no se presenten obstrucciones o desplazamientos en la orientación del equipamiento que impidan la correcta visualización de las imágenes; a tal fin, al momento de solicitar su habilitación, deberá presentar el procedimiento de control que llevará adelante, a satisfacción de esta Administración Federal”.

La resolución señala además que la AFIP podrá solicitar los servicios de los PSAI, quienes deberán garantizarlo “sin costo” hasta un máximo del 10% de su capacidad de almacenamiento durante el primer año.

Asimismo, si los sujetos aduaneros optaran por guardar ellos mismos las imágenes y prescindir de los PSAI, deberán cumplir con los mismos requisitos y condiciones, y contarán con un plazo de 60 días “para readecuar su infraestructura tecnológica conforme a los requisitos establecidos”.

La AFIP dispondrá de un micrositio específico sobre PSAI donde colgará el cronograma de implementación.

Emiliano Galli (Trade News)

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