Tras las primeras rondas cambiarias en donde aparecieron los dólares de la cosecha gruesa y a los fines de fomentar las exportaciones para que aumenten las reservas del Banco Central de la República Argentina (BCRA), el Gobierno decidió tomar una medida clave para empresas exportadoras.
A través de la Resolución 32/2024, la Secretaría de Industria y Comercio junto a la de Simplificación de la Jefatura de Gabinete de Ministros, extendió de 5 a 10 años el plazo de validez del certificado de importaciones temporaria (CTIT).
“Esta modificación simplificará el proceso de trámites para las empresas que producen con insumos del exterior y exportan, las cuales representan el 10% del total de las importaciones”, destacaron en el comunicado.
Según datos oficiales, durante el 2023, las 679 empresas que utilizaron este régimen llevaron a cabo ventas al exterior por u$s 12,654 millones, que representaron cerca del 20% del total de las que se llevaron a cabo en todo el año.
Beneficios y condiciones
Aquellas empresas que obtengan el CTIT (con trámite en el sitio la Secretaría de Industria y Comercio) podrán acceder a insumos importados con beneficios impositivos a partir de una póliza de caución que garantice el pago del arancel, la tasa estadística, el Impuesto País y las retenciones (Impuesto al Valor Agregado (IVA), sobre los Bienes Personales (IIBB) y Ganancias).
Aunque existirán condiciones para la aprobación de la solicitud: las empresas deberán transformar en su proceso productivo la mercadería importada en un producto terminado para la exportación dentro de un tiempo determinado.
“El plazo previsto para la exportación, una vez adquiridos los insumos, es de 360 días, con la posibilidad de solicitar una prórroga por 360 días más. En los casos de bienes de capital, los plazos antedichos se duplican a 720 días“, puntualizaron. Aunque existirá, de forma excepcional y por causas de fuerza mayor, la posibilidad de solicitar una extensión para ambos casos en la medida con un debido fundamento.
Como novedad, el Gobierno modificó el requisito de que las empresas tengan que depender exclusivamente de los profesionales del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) para realizar el trámite. Ahora podrían incluir a un ingeniero matriculado para que emita el dictamen técnico.
Por parte de la Secretaría, la novedad es que se agrega una nueva facultad de control para realizar auditorías aleatorias en diferentes plantas industriales. “En caso de incumplimiento, se establece una exclusión del régimen por el plazo de un año y una multa del 2% mensual acumulativa de los aranceles que pagan las empresas que están por fuera del régimen (…), [que] representan para las empresas el 60% de sus costos de producción”, aseguraron.
Fuente: El Cronista