La Argentina incorporó a su marco normativo el ajuste de la nomenclatura común del Mercosur (NCM) establecido en la VII Enmienda del bloque, a través del decreto 557/2023.

Los cambios incorporados afectaron las tramitaciones de SIRA por los cambios en la nomenclatura, motivo por el cual distintas asociaciones vinculadas con el comercio exterior iniciaron gestiones para dilucidar los inconvenientes administrativos y operativos que surgieron con la entrada en vigor del decreto.

Desde el Centro Despachantes de Aduana (CDA) indicaron que se reunieron con las autoridades de la Dirección General de Aduanas y que se encuentran “a la espera de las definiciones la autoridad de aplicación de las licencias de importación (LA/LNA) para proceder a la implementación sistémica que permita oficializar destinaciones aduaneras que afecten declaraciones SIRA de aquellas mercaderías que sufrieron modificaciones en las posiciones arancelarias a nivel NCM”.

Contexto

El experto en temas aduaneros, comercio exterior y del Mercosur, Alejandro Perotti, del Estudio Alais & Torres Brizuela, destacó ante una consulta de Trade News que la decisión “implica el cumplimiento de una norma del Mercosur que Argentina debió haber incorporado antes del 1° de enero de 2022”. Sólo la Argentina restaba cumplir con esta decisión del bloque.

Especificó que el decreto “actualiza la lista excepciones nacionales del arancel externo común (AEC) por un total de 100 posiciones a las que la Argentina puede aplicar un derecho de importación más alto o más bajo que el previsto en el AEC”, al tiempo que actualiza la lista de bienes de capital y de telecomunicaciones “exceptuados del AEC”, un derecho que tienen todos los Estados Parte.

Asimismo, explicó que también se actualizó la lista de posiciones arancelarias que un Estado Parte pueden aumentar en su AEC “hasta el máximo consolidado en la OMC” lo mismo que la lista de posiciones que están “excepcionadas de reintegro a las exportaciones”.

En síntesis, “incorpora las modificaciones a la NCM y al AEC que aprobó el Grupo Mercado Común luego de la VII enmienda hasta 2021, pero aún faltan aquellas adoptadas en 2022 y 2023 por lo cual es de esperar que en breve salga un decreto complementario”, advirtió Perotti.

Despacho

La cuestión que resta definir es si el cambio en el nomenclador y de las posiciones arancelarias hará caer las SIRA y licencias tramitadas. Los rumores señalan que esto podría ocurrir.

No obstante, desde el CDA señalaron que “la DGA instruyó a sus áreas operativas a fin de dar por válida la liberación de mercadería a la que le corresponda aportar como documentación complementaria Certificados, Permisos, Licencias y demás Autorizaciones de Terceros Organismos, emitidos con anterioridad a la entrada en vigencia de la VII Enmienda, en los cuales se consignen posiciones que ya no están vigentes o fueron modificadas por la misma”.

Asimismo, señalaron que tal como sucedió en enmiendas anteriores, “y considerando que la vigencia del decreto comenzó a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial” es posible que existan “demoras, errores o inconsistencias” al momento de cargar las nuevas modificaciones.

“Les solicitamos a los socios que informen cualquier anomalía que adviertan a la Asesoría en Normativa y Procedimientos Aduaneros a través del módulo “Errores SIM”, señalaron.

A continuación, el listado con los cambios (altas, bajas y modificaciones) al cierre de esta edición de acuerdo con la información sistematizada por Tarifar.

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Fuente: Emiliano Galli (Trade News)

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