Estimados socios, buenas tardes:
Adjuntamos al presente comunicado copia de la nueva nota presentada al BCRA en conjunto con FECACERA “Federación de Cámaras de Comercio Exterior de la República Argentina” en la cual se le solicita a esa entidad bancaria que para poder realizar la transferencia para el pago de fletes de exportación código S31 se nos exima de la presentación del cumplido de embarque y se nos permita presentar copia del documento MANE (Manifiesto de Carga de Exportación) más copia del documento de transporte Bill of Lading (BL), Airway Bill (AWB) o Carta de Porte Internacional por Carretera (CRT) y la impresión del seguimiento de embarque (Tracking) del medio de transporte que corresponda de acuerdo al utilizado en cada operación presentada
Asimismo se le solicita reconsiderar el momento devengado del flete de importación tal como lo hicieron para exportación y considerar dicho devengamiento en la puesta a bordo de la mercadería objeto del transporte de importación y la posibilidad del pago de dicho flete al exterior sin plazo de espera, de la misma forma que se aplica ahora a los fletes de exportación a partir de la Com A 8122.
Ver el adjunto