Dos recientes resoluciones del Ministerio de Economía exponen la dualidad de la política de comercio exterior argentina: por un lado, se suspenden aranceles antidumping para insumos críticos ante el cierre definitivo del único fabricante local; por otro, se penaliza con el peso de la ley a exportadores asiáticos y brasileños por incumplir pactos de precios.
La gestión del comercio exterior en la Argentina -con el paso de los años y el péndulo de la política- suele requerir de un delicado equilibrio entre la protección de la “industria nacional” y la necesidad imperiosa de no encarecer artificialmente la matriz productiva.
Esta tensión crónica quedó expuesta esta semana cuando el Ministerio de Economía, respaldado por los informes técnicos de la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE), mostró su tenor frente a dos realidades opuestas en materia de dumping.
Las resoluciones 345 y 346 vuelve a advertirle a operadores y despachantes que la defensa comercial ya no se sostiene como dogma ciego, sino que exige una sintonía fina para no transformarse en un cuello de botella para la competitividad del país.
Proteger lo que ya no existe
La resolución 345/26 refleja el caso más sintomático de cómo las barreras arancelarias pueden convertirse en un boomerang. Economía decidió suspender por seis meses el derecho antidumping que pesaba desde hace más de una década sobre las importaciones de aisladores de porcelana (NCM 8546.20.00) originarios de Brasil, China y Colombia.
¿El motivo? Un sinceramiento brutal del mercado: Fábrica Argentina de Porcelanas Armanino SA (FAPA), la única empresa que producía estos bienes en el país —representando el 100% de la oferta nacional— cerró sus puertas, cesó sus operaciones de manera irreversible y remató su maquinaria.
Frente a este escenario, la CNCE encendió las alarmas. Mantener una medida de defensa comercial para proteger a una industria extinta no solo constituía un “costo injustificado para los consumidores e importadores”, sino que se erigía como una amenaza directa a la infraestructura crítica nacional.
Sucede que los aisladores son insumos vitales para la red eléctrica; cualquier sobrecosto logístico o traba burocrática en su importación impacta de lleno en la ejecución de obras energéticas impostergables. En un ejercicio de pragmatismo puro, el Estado apagó el antidumping para garantizar el abastecimiento.
Competencia desleal
Luego, la resolución 346/26 dejó sin efecto los compromisos de precios que habían asumido ciertas firmas exportadoras de placas y baldosas de gres fino porcellanato (NCM 6907.21.00). Puntualmente, la CNCE detectó que la empresa china Foshan Junjing Industrial Co. Ltd. y la brasileña Mohawk Revestimentos Cocal Do Sul Ltda. incumplieron los valores mínimos pactados para ingresar su mercadería a la Argentina.
Caído el compromiso de precios, ambas firmas volvieron a quedar sujetas al pago íntegro del derecho antidumping vigente.
Asimismo, la CNCE “eximió” a otras gigantes brasileñas (como Delta, Dexco e Incepa), tras comprobar que sus supuestas ventas por debajo del precio acordado respondían únicamente a muestras sin valor comercial o errores de clasificación arancelaria que no alteraban las condiciones de competencia.
Madurez
Ambas medidas parecen reflejar una etapa de madurez en la administración del comercio exterior.
El Gobierno muestra reflejos para evitar que el blindaje arancelario asfixie a sectores neurálgicos (como el energético) cuando la oferta local desaparece, pero al mismo tiempo sostiene la lupa sobre el comportamiento de los grandes jugadores internacionales para evitar maniobras de triangulación o dumping que perforen los acuerdos vigentes.
Y para la cadena del comercio exterior y el abastecimiento, el monitoreo de las resoluciones de la Secretaría de Industria y Comercio pasa a ser una variable crítica (y cotidiana) que define, en tiempo real, el costo de nacionalizar la carga y la rentabilidad de cualquier operación de comercio exterior.
Por Emiliano Galli (Trade News)

