El Régimen de Incentivo a las Medianas Inversiones (RIMI), incorporado por la Ley 27.802, todavía no cuenta con reglamentación operativa ni con casos concretos de aplicación. Sin embargo, su sola arquitectura normativa anticipa un cambio relevante en la forma de pensar la inversión productiva vinculada al comercio exterior argentino.

El RIMI no debe analizarse como un régimen aislado. Forma parte de un nuevo enfoque integral, que combina incentivos aduaneros y fiscales con un rediseño del marco laboral y una reforma tributaria orientada a reducir costos estructurales de inversión.

Incentivos con condiciones claras. El régimen prevé beneficios relevantes –arancel 0% para bienes de capital, amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y estabilidad fiscal–, pero no de manera automática. Su acceso estará condicionado al cumplimiento de requisitos formales y sustantivos, entre ellos la presentación de un plan de inversión productivo y la adhesión al nuevo esquema laboral previsto en la ley.

Este punto marca una diferencia central respecto de experiencias anteriores: el incentivo está directamente atado a reglas laborales específicas, lo que obliga a pensar los proyectos con horizonte de mediano plazo y no como decisiones coyunturales.

Reforma tributaria: el factor que potencia el régimen. A este esquema se suma un elemento clave: la eliminación de los impuestos internos a partir del 1° de abril, lo que reduce de manera directa el costo fiscal asociado a la inversión y a determinados bienes de capital y producción.

La combinación de menor carga tributaria, incentivos aduaneros y previsibilidad normativa configura un escenario que acerca a la Argentina a los modelos utilizados por países vecinos para atraer inversión productiva real. No se trata solo de beneficios, sino de competitividad sistémica.

Impacto directo en el comercio exterior. Desde la óptica del comercio exterior, el RIMI puede modificar sustancialmente la importación de bienes de capital. La correcta clasificación arancelaria, el uso de códigos de ventaja y la coherencia entre el proyecto aprobado y la operatoria aduanera serán determinantes.

En este contexto, el despachante de aduana y el asesor en comercio exterior dejan de ser actores operativos para convertirse en figuras estratégicas del proceso de inversión, donde un error de ejecución puede neutralizar por completo el beneficio esperado.

Alineación regional y desafío operativo. Si el régimen se reglamenta e implementa adecuadamente, el RIMI permitirá a la Argentina alinearse con esquemas regionales que combinan incentivos, reglas laborales claras y presión tributaria más baja. El desafío no será normativo, sino operativo: cómo se reglamente y cómo se ejecute en la práctica.

Conclusión

El RIMI no debe leerse como un beneficio aislado, sino como parte de un cambio de enfoque que integra inversión, trabajo, impuestos y comercio exterior. Todavía es una oportunidad en construcción, pero su impacto potencial obliga al sector logístico y Comex a empezar a prepararse desde ahora.

Por Gustavo Fadda – Especialista en Comercio Internacional (CONTAINER)
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