El Centro Despachantes de Aduana (CDA) informa a sus asociados que se ha publicado la Comunicación “A” 7488 del BCRA, en la cual se establece una nueva categoría en las SIMI (C).
El acceso al mercado de cambios para las SIMI categoría “C” tendrá las mismas condiciones que las vigentes para aquellas de categoría “A”, siempre que cumpla los siguientes requisitos:
a) Los bienes que se importan corresponden a las posiciones arancelarias según la Nomenclatura Común del MERCOSUR identificadas en su Anexo.
b) El cliente ha presentado una certificación de auditor externo dejando constancia que, de concretarse la operación, las existencias de las materias primas y/o de los bienes intermedios o finales elaborados a partir de éstas no superarán los niveles que se requiere para su actividad normal.
c) La entidad cuenta con una declaración jurada del importador en la que deje constancia de que, en caso de haber sido convocados tanto él como su grupo económico a un acuerdo de precios por el Gobierno Nacional, no han rechazado participar en tales acuerdos ni han incumplido lo acordado en caso de poseer un programa vigente.
La asignación de la categoría “C” en una SIMI por parte del BCRA ,se encontrará sujeta al límite del importador para tal categoría según la metodología de cálculo descrita en la normativa.
Sugerimos una lectura detallada de la norma adjunta y revisión en conjunto con el importador para la determinación de las categorías.