Fuentes oficiales destacaron que la implementación del nuevo régimen, además de traer certidumbre y claridad para los importadores y los organismos de control, evitará la proliferación de “maniobras cautelares”

La Justicia recibió favorablemente el nuevo régimen de importaciones SIRA que sustituyó al anterior SIMIS, ya que en diversas causas judiciales se resolvió suspender el trámite cautelar por aplicación de la Resolución General Conjunta 5271 de la AFIP.
Fuentes oficiales destacaron que la implementación del nuevo régimen, además de traer certidumbre y claridad para los importadores y los organismos de control, evitará la proliferación de “maniobras cautelares”, que van en detrimento de la renta fiscal y las reglas claras del comercio internacional, y subrayaron un claro entendimiento del Poder Judicial a la nueva reglamentación.Entre los motivos que impulsaron la formulación del SIRA, se encuentran las numerosas inconsistencias de las importadoras detectadas bajo el SIMI, como el uso de prácticas abusivas en la interposición de cautelares para eludirlo.

Toda la información del SIRA -el cual realizará un monitoreo en tiempo real- será puesta a disposición de los organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (Vucea), los cuales deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 60 días corridos desde el registro en el sistema. Luego de que estos se pronuncien, la AFIP notificará a los importadores las novedades, y en su caso, las observaciones de estos organismos.

En ese sentido, las entidades autorizadas a operar en el Mercado Libre de Cambios deberán registrar el importe en pesos de cada una de las operaciones cambiarias relacionadas a importaciones, en el momento en la que se efectúe. En tanto, los importadores deberán informar del plazo en días corridos entre el despacho oficializado y la fecha estimada de acceso al Mercado Libre de Cambios para la realización de los pagos de las importaciones.

Otro punto del nuevo sistema será la creación de un Comité de Seguimiento y Evaluación del SIRA, que será integrado por la AFIP, la Secretaría de Comercio y el Banco Central (BCRA).

El BCRA quedará autorizado para “adoptar y proponer las medidas que fueran necesarias para asegurar la eficiencia y la efectividad de las acciones de control coordinando entre los distintos organismos del Estado”, según la resolución general conjunta 5271/2022 que dispuso la creación del SIMI.

Como parte de la transición al nuevo sistema, todas aquellas operaciones en estado “oficializado” u “observado” del SIMI” es decir, que están pendientes de aprobación-, quedaron anuladas, y los importadores deberán registrarlas nuevamente mediante el SIRA. En tanto, aquellas ya aprobadas y en estado “salida” mantendrán su validez.

Fuente: Ámbito

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