Se amplió el alcance de las restricciones para girar divisas al exterior en un sector clave. Cuál fue el motivo y la condición vinculada al SIRASE
Una nueva normativa cambiaria del Banco Central de la República Argentina (BCRA) introdujo modificaciones en el pago de compras al exterior de bienes que se gestionan en el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y el SIRASE -servicios-.
Al interpretar la normativa, Lojo indicó que “hasta el momento, mediante la Comunicación A 7771 se había establecido que para las excepciones comprendidas en el punto 8.1 a 8.6 cuando la SIRA tuviera estado salida con posterioridad al 12 de mayo de 2023 debería contar con plazo cero (0) días corridos para poder efectuar con anterioridad al registro aduanero”.
Esta modificación no había alcanzado a la excepción del punto 8.7, que podían pagar una vez que la mercadería era nacionalizada, por eso, en primer lugar, se desprende que “las excepciones del punto 8 podrán acceder al mercado como excepción si el plazo asignado es cero (0)”.
Entre los rubros alcanzados, se destacan los de investigación y desarrollo, los servicios jurídicos, contables y gerenciales, de publicidad e investigación de mercado, encuestas de opinión pública, servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios empresariales.
En el caso de los bienes, el impacto es más amplio. En este punto, la comunicación 7771 “había establecido que a partir del 12 de mayo toda SIRA que obtuviese estado Salida y que se correspondiera con alguna de las excepciones del punto 8.1 al 8.6 necesitaba tener plazo cero asignados, para obtener el tratamiento como excepción“.