Con estas medidas del BCRA, se busca flexibilizar las operaciones de comercio exterior mediante nuevas opciones para acceder al mercado de cambios

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) actualizó la normativa cambiaria a través de modificaciones en el texto ordenado sobre Exterior y Cambios. Así, introdujo nuevas opciones para pagos anticipados y operaciones de canje. Estas medidas impactan tanto en las importaciones de bienes como de servicios. A continuación, te contamos los detalles:

1. Importaciones de bienes

El BCRA incorpora nuevas condiciones que permiten cancelar importaciones antes de los plazos previstos o realizar pagos con registro aduanero pendiente.

  • Pagos a la vista y/o diferidos:
    • mediante canje o arbitraje con fondos en moneda extranjera depositados en entidades financieras locales;
    • de manera simultánea con la liquidación de financiaciones en moneda extranjera otorgadas por entidades locales.
  • Pagos anticipados de bienes de capital:
    • mediante canje o arbitraje con fondos en cuentas en moneda extranjera;
    • simultáneamente con la liquidación de financiaciones otorgadas por entidades financieras locales.

Un aspecto importante para tener en cuenta es que, si en la operación hay bienes no considerados de capital, estos solo podrán incluirse si los bienes de capital representan al menos el 90 % del valor FOB total. Además, el cliente debe declarar que los demás bienes son necesarios para el funcionamiento o instalación de los bienes adquiridos.

2. Importaciones de servicios

Se permitirá pagar, antes de los plazos previstos, servicios a contrapartes no vinculadas. Esto es posible con la condición de que la operación debe realizarse mediante canje o arbitraje con fondos en moneda extranjera depositados en cuentas en entidades financieras locales.

3. Financiamiento de importaciones de servicios

Se permitirá el acceso al mercado de cambios con financiamiento local, siempre que los vencimientos y montos de capital sean compatibles con los plazos previstos en la normativa cambiaria según el tipo de servicio y prestador.

4. Operaciones de canje y arbitraje

Finalmente, el BCRA extiende las operaciones de canje y arbitraje permitidas. De este modo, incluye transferencias de divisas al exterior relacionadas con los nuevos pagos anticipados de bienes y servicios establecidos en los puntos anteriores.

Fuente: Marval, O’Farrell & Mairal

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