Las resoluciones que se publicaron hoy en el Boletín Oficial se alinean a las modificaciones al código aduanero que dispuso el mega DNU de Javier Milei

En línea con una modalidad que fue incorporada al Código Aduanero a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución General 5484/2024, donde estableció el procedimiento para solicitar una resolución anticipada de criterios técnicos aduaneros.

El texto oficial, que lleva la firma de Florencia Misrahi, titular de la AFIP destaca que la incorporación se basa en las recomendaciones del Acuerdo de Facilitación de Comercio (AFC) que alienta a los países a emitir resoluciones anticipadas en un plazo razonable y determinado para que los interesados puedan saber, antes de exportar o importar, el tratamiento aduanero que recibirá.

Asimismo, aclara que la resolución será válida a partir de la fecha de su emisión y permanecerá vigente por tres años, “salvo que se haya modificado la legislación, los hechos o las circunstancias en que se basó la resolución”.

De esta forma, los operadores de comercio exterior podrán hacer consultas sobre el régimen tributario que corresponde aplicar en la operación, el tratamiento aduanero que se le concederá a la mercadería y las prohibiciones o restricciones a la importación o exportación, principalmente.

La solicitud deberá presentarse ante el Departamento Técnica de Importación o Exportación de la Dirección de Técnica mediante el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA), trámite “Multinota Electrónica Aduanera” (MUELA), subtrámite “Resolución anticipada de criterios técnicos aduaneros”, según precisó la AFIP.

En este caso y también con ánimo de agilizar los procedimientos aduaneros “de acuerdo con las necesidades operativas detectadas” se estableció que la autorización previa requerida sea tramitada a través del Departamento de Técnica de Importación de la Dirección de Técnica.

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