Estimados Asociados:
Ponemos en su conocimiento que por las resoluciones mencionadas los certificados de origen digitales serán aceptados por ambos países.
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Fecha: 8/4/204
REF.: CERTIFICADOS DE ORIGEN DIGITALES
Mediante la Res. 5426 se indicó el inicio de un período de prueba de uso del Certificado de Origen Digital entre Mercosur y Colombia.
Con la Res. 5496 se indica el fin del período de prueba y el inicio de la aceptación para amparar importaciones y exportaciones con ajuste al AAP CE nr 72 de Certificados de origen en formato papel O CERTIFICADOS DE ORIGEN DIGITALES (COD)
En la Res.5496 ARTÍCULO 1°.se indica que “ Los exportadores de mercadería con destino a la República de Colombia y los importadores que ingresen mercadería originaria de ese país en el marco del Acuerdo de Complementación Económica N° 72, cuyas operaciones se registren a partir del 8 de abril de 2024, podrán utilizar el Certificado de Origen Digital (COD) implementado por la Resolución General N° 5.426 o el certificado de origen en formato papel.”
De esta forma el COD con Uruguay y Brasil es obligatorio y el COD con Paraguay y Colombia es opcional.
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Atentamente,
AAACI