La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una serie de modificaciones en el procedimiento para desistir de una solicitud de destinación de exportación. Las medidas quedaron establecidas en la Resolución General 5812/2026, publicada en el Boletín Oficial, y apuntan a modernizar la normativa, digitalizar gestiones y contemplar nuevas modalidades operativas.

Según el organismo, la actualización busca simplificar el comercio exterior y otorgar mayor previsibilidad a exportadores y despachantes, a partir de la experiencia acumulada con el régimen vigente.

A continuación, los principales cambios que entran en vigencia.

1. Nuevo plazo para desistir de una exportación

ARCA fijó que el desistimiento de una solicitud de exportación podrá realizarse:

Hasta cinco días después del vencimiento de la destinación o de su rehabilitación.

Siempre que la operación haya sido ratificada previamente mediante el servicio de Ratificación de Autoría de la Declaración.

Este punto unifica criterios y extiende el margen operativo para los exportadores.

2. Trámite 100% digital antes de presentar la destinación

Cuando el desistimiento se solicite antes de la presentación de la destinación, el procedimiento será completamente online:

  • Se realizará a través del servicio web “Anulación de Destinaciones de Exportación sin Presentación”.

  • No será necesario concurrir a una dependencia aduanera, salvo que la mercadería ya esté bajo control de la Aduana.

3. Canal único digital para solicitudes posteriores

Si la solicitud se presenta después de oficializada la destinación, el trámite deberá hacerse por:

  • El Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA).

  • Bajo el trámite denominado: “Solicitud de desistimiento de declaraciones de exportación”.

  • Indicando el motivo del pedido y la situación de la mercadería.

4. Incorporación del tránsito de exportación

Por primera vez, la normativa contempla específicamente las operaciones con tránsito de exportación, diferenciando tres escenarios:

  • Mercadería en la aduana de registro.

  • Mercadería en tránsito.

  • Mercadería arribada a la aduana de salida.

En estos casos, se establece un mecanismo de coordinación entre las distintas dependencias aduaneras y la posterior restitución de la mercadería a plaza una vez aprobado el desistimiento.

5. Anulación automática en el sistema

Una vez autorizado el trámite:

  • La destinación pasará automáticamente a estado “anulada” en el Sistema Informático MALVINA (SIM).

  • El declarante será notificado por medio del Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA).

6. Anulación de oficio y posibles sanciones

ARCA también reforzó los controles:

  • Si vencen los plazos y la destinación sigue en estado “oficializada” sin ingreso a depósito, la Aduana podrá anularla de oficio.

  • En esos casos, se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 994 del Código Aduanero, además de otras penalidades que pudieran corresponder.

  • Fuente: Bae Negocios

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