La Secretaría del MERCOSUR, como organismo con capacidad técnica y operativa, informa que, a partir del 13 de agosto de 2025, entrarán en vigencia el Reglamento Técnico del Mercosur para el Registro de Dispositivos Médicos; el “Sub-estándar – 3.7.46 Requisitos fitosanitarios para Beta vulgaris subsp. vulgaris var. conditiva (remolacha vegetal) según país de destino y origen, para los Estados Partes”, y el “Sub-estándar – 3.7.8 Requisitos fitosanitarios para Brassica napus var. oleifera (canola o colza) según país de destino y origen para los Estados Partes”, de conformidad con las Resoluciones aprobadas por el Grupo Mercado Común del MERCOSUR.
- Resolución GMC No. 25/21 (vigente a partir del 13/08/2025)
- Resolución GMC No. 30/22 (vigente a partir del 13 de agosto de 2025)
- Resolución GMC No. 37/22 (vigente a partir del 13/08/2025)
El Grupo Mercado Común (GMC) es el órgano ejecutivo del MERCOSUR, integrado por cuatro miembros titulares y cuatro suplentes por país, designados por sus respectivos gobiernos. Entre sus miembros deben estar representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Economía (o equivalentes) y de los Bancos Centrales. El GMC actúa mediante Resoluciones, vinculantes para los Estados miembros.
La Secretaría del MERCOSUR, a su vez, es un órgano con capacidad técnica y operativa, que realiza tareas relacionadas con el archivo oficial de la documentación del Mercosur, la publicación de las normas aprobadas por los órganos de decisión del bloque, la organización de los aspectos logísticos de las reuniones, la información periódica a los Estados Partes sobre el estado de incorporación de las normas aprobadas, entre otras funciones que brindan apoyo técnico a los órganos del Mercosur, así como la ejecución de la política de comunicación del bloque, bajo la orientación del GMC.
Fuente: Centro Despachante de Aduana