Como ustedes saben los permisos de embarque oficializados desde el 1/9/2019 tienen obligación de ingreso, negociación y liquidación de las divisas en el Mercado Libre de Cambios. De acuerdo al Dto. 28 el exportador debería dar por cumplida la obligación mencionada en el párrafo anterior ingresando y negociando el 80% del valor a través del Mercado Libre de Cambios y el 20% restante a través del Mercado Bursátil.

Sobre el mismo tema el BCRA indica que el exportador podría ingresar y negociar a través del Mercado Libre de Cambios como mínimo el 80% de la exportación y el saldo a través de una operación bursátil.

El ingreso y negociación de las divisas, tanto la porción que se realiza a través del MLC como el saldo a través del mercado bursátil,  debería realizarse dentro de los plazos máximos indicados en el Texto Ordenado de Exterior y Cambios sección nr 7 si se quiere evitar la denuncia de Incumplido Reportado al BCRA.

Estos plazos se cuentan a partir de la fecha del CUMPLIDO DE EMBARQUE reportado por la Aduana.

Los banco hacen el Seguimiento del Cumplido de Negociación de las Divisas a través del SECOEXPO.

Si el permiso de embarque no tiene el cumplido de embarque registrado no aparece en el SECOEXPO y aunque ingresen los fondos no se puede avanzar con el buen fin de la operación.

El Cumplido de Embarque debería realizarse automáticamente pero podría ocurrir , ocasionalmente, que habiendo sido la mercadería embarcada el mencionado cumplido de embarque no aparezca reportado por eso aduana informa como requerir el cumplido de embarque  informático, ver informe adjunto subido por Aduana en su web.
 
 Cierre de cumplido informático
 
Aquellos Exportadores y/o sus Despachantes de Aduana que deseen solicitar al servicio aduanero el registro del cumplido en el Sistema Informático Malvina (SIM)
 
Procedimiento
 
Ingresar al Sistema Informático de Trámites Aduaneros – SITA 
Trámite: “MUELA – Multinota Electrónica Aduanera” 
Subtrámite: “10032 – Cierre de cumplido informático”

Datos de Referencia obligatorios:
· Número de CUIT
· Declaración detalla (N° de permiso de embarque)
 
Confirmar y validar los datos ingresados para luego seleccionar: 
Dependencia/Área: Aduana de salida 
 
Adjuntar documentación complementaria obligatoria, necesaria para que el servicio aduanero realice las correspondientes constataciones.
 
Al seleccionar Finalizar se efectuará la presentación del trámite.
 
Consideraciones
 
Se notificará automáticamente por SICNEA sobre la aprobación o rechazo del trámite SITA

Fuente: Estudio Carballeiro

CAMARA DE COMERCIO EXTERIOR SANTA FE

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