La Aduana descubrió una maniobra por la cual una empresa obtuvo una orden judicial contra la AFIP y se la “cedió” a otra firma importadora que no tenía una SIMI aprobada para poder ingresar mercadería y liberar dólares del BCRA. Denuncia penal y multa. Hay muchos casos idénticos que detonan en escándalo. Cimbronazo en el fuero Contencioso Administrativo

Ante la obligatoriedad de seguir un procedimiento de declaración jurada para importaciones sobre bienes con licencias no automáticas, una empresa acude a la justicia y reclama por derechos vulnerados. Un juzgado -sin analizar el fondo de la cuestión- considera arbitraria e irrazonable la resolución oficial y le otorga una medida cautelar provisoria que libera las mercaderías para poder importar sin cumplir con el trámite. Esa manda judicial también obliga al Banco Central a girarle dólares para el pago a valor oficial.

El caso

Eso fue justamente lo que ocurrió en el expediente 17074/2020 que tramita en la justicia Contencioso Administrativo Federal, un fuero clave. El 28 de marzo de 2022, la empresa Yoko SA pidió extender una demanda contra la Secretaría de Industria del Ministerio de Desarrollo Productivo y la AFIP. Su objetivo era tener una orden judicial que le libere varias SIMI, entre ellas la 22001SIMI097638V. Ubicada en la avenida Warnes, declaró que era titular de la marca Bagcherry y que fabricaba localmente productos de marroquinería y que precisaba importar materiales para seguir produciendo, sin competir ni generar perjuicio de la industria nacional. Cumplió las etapas procesales y la obtuvo de parte del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°8, a cargo de Cecilia Gilardi Madariaga de Negre. No era la primera.

El 13 de abril de 2021 la jueza le había liberado la primera tanda de SIMI. El 7 de septiembre de ese mismo año Yoko SA consiguió extenderla. Bajo una idéntica fórmula, la sentencia reiteró “siempre dentro del limitado ámbito cognoscitivo impuesto por el procedimiento cautelar” que la validación de la SIMI por parte de las autoridades provocaba una “demora injustificada” en el ingreso de la mercadería y que sería “arbitraria e irrazonable” porque se erige como una “barrera para-arancelaria”. Antes de que venciera el plazo de 6 meses, la firma volvió al juzgado de Madariaga de Negre e introdujo una docena de trámites para importar. El 24 de noviembre de 2021 la jueza le amplió la cautelar. Lo mismo terminó ocurriendo el 13 de mayo de 2022 sobre otro puñado de SIMI.

Alquiler de cautelar

Pero lo que descubrió la Dirección General de Aduanas fue que entre las autorizaciones que logró la firma Yoko SA para liberar mercadería salteándose el requisito de validar la SIMI vía cautelar, le “cedió” la autorización a la firma Tropea SA, una empresa dedicada a la importación y venta de marroquinería con marca propia. El total de la mercadería –en dos envíos detectados- superó los u$s 200 mil, pero lo más significativo fue la maniobra descubierta por la División Control Fiscalización Simultánea cuando cruzaron la mercadería importada y a quién correspondía la SIMI “autorizada” por la cautelar.

Pero lo más curioso apareció luego: a través de una hoja con un par de sellos que firma una persona apoderada de Tropea, autoriza a Yoko a realizar “cualquier gestión aduanera relacionada a la AFIP” relacionada con la importación de bienes bajo su marca; autoriza a “comprar y a vender” bajo la marca Tropea y a trasladar los bienes. Lo que sí aclara es que todo ese poder tiene un plazo. Exactamente, un mes.

Lo que en realidad ocurrió fue lo inverso. Yoko SA no utilizó la SIMI. Le “transfirió” la tutela jurisdiccional en beneficio de Tropea, bajo la simulación de que Yoko estaba autorizada a comercializar la marca entre el 21 de junio y el 21 de julio de 2022. Justo el momento en el que la mercadería debía ser nacionalizada con la SIMI pre autorizada de Yoko. En términos llanos, Yoko le “alquiló” la cautelar a Tropea para que pudiera hacerse de su mercadería. Funcionó como una usina de SIMI. Pero esto, lejos de ser una picardía o un atajo ante las restricciones oficiales puede constituir un delito penal.

Por eso, el organismo que comanda Guillermo Michel bloqueó la mercadería antes de que ingresara al mercado, notificó a la empresa de un sumario infraccional y de una multa que podría ser hasta 5 veces el monto importado y los acusó de haber violado el Código Aduanero por una declaración inexacta con perjuicio fiscal. Pero fue todavía más lejos: se presentó ante el juzgado de Madariaga de Negre la puso en conocimiento de los hallazgos y le reclamó que habiendo sido burlada la medida judicial, se extraigan testimonios para formar una nueva investigación ante la justicia en lo penal económico por presunta estafa procesal en el marco de una importación, lo que lo convierte en un asunto federal.

Punta del ovillo

La investigación de la Aduana fue casi artesanal para detectar este modus operandi. Descubrieron también que no fue el único caso. Por eso se destinó un equipo de 15 personas para que comiencen a cruzar la documentación de las SIMI, las cautelares y la mercadería efectivamente nacionalizada en las declaraciones aduaneras. En las últimas horas, apareció mucha evidencia de que este “alquiler” era frecuente. Al igual que este caso, su destino es la judicialización por delitos penales.

Precedentes

El juzgado de Madariaga de Negre había picado en punta en el otorgamiento de medidas cautelares ante reclamos de empresarios para importar. Ámbito reveló el 2 de septiembre de 2021 que ese juzgado, junto con otros dos, concentraban el mayor porcentaje de demandas y que cuando recaían en otros tribunales, los estudios de abogados las desistían y las volvían a presentar hasta lograr la magia del sorteo: que salga un juzgado más permeable a fallar a favor de los accionantes. A los ojos del Gobierno, el fórum shopping se perfeccionó al punto de constituir una institución hasta ahora inexistente: una suerte de “aduana judicial”.

“Notará usted la gravedad de la situación detectada por la Dirección General de Aduanas que, en el caso particular, procura evitar no solo una maniobra que pretende vulnerar los controles aduaneros sino que además ha utilizado y burlado la actuación del poder jurisdiccional quien dicta en su elevado criterio una medida cautelar tutelando los derechos de un sujeto cuando en realidad quien se beneficia es un tercero oculto”, indicó el escrito de las autoridades ingresado al expediente. Tras esta movida, lo que sorprendió dentro del edificio de la calle Azopardo fue que la Subdirección de Legales de la Aduana no se hubiera percatado nunca antes de lo que sucedía con los fallos que coleccionaban en su contra.

Si bien los argumentos para otorgar cautelares podían ser discutibles (sobre todo para bienes suntuarios como autos de lujo o aviones) no había quedado en evidencia, hasta ahora, que se podían intercambiar, lo que compromete seriamente la utilización de esta herramienta judicial y desvirtúa su propósito natural que es proteger un derecho vulnerado de quien la solicita. En el mejor de los casos, se burló a la Justicia. En el peor, las cautelares fueron y son utilizadas para habilitar negocios.

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